El Derecho Administrativo es aquella parte del ordenamiento jurídico que regula la organización de las Administraciones públicas y las relaciones de éstas con los particulares. Forma parte, junto con el Derecho Constitucional, el Derecho Financiero y Tributario y el Derecho Internacional Público, del Derecho Público (en sentido estricto).
Como todos los poderes públicos (art. 9.1 CE), las Administraciones públicas están sometidas a la ley y al Derecho (art. 103.1 CE). El correlato necesario de dicho sometimiento en un Estado de Derecho (art. 1.1 CE) es el control jurisdiccional del ejercicio por la Administración de la potestad reglamentaria, de la legalidad de su actuación y del sometimiento de ésta a los fines que la justifican (art. 106.1 CE). Coherentemente con ello, los particulares gozan constitucionalmente del derecho fundamental a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos (art. 24.1), también en el marco de sus relaciones con las Administraciones públicas. Así pues, es la configuración de un orden jurisdiccional contencioso-administrativo la que garantiza cabalmente las citadas previsiones constitucionales.
Del estudio de dicho orden jurisdiccional se ocupa el Derecho Procesal Contencioso-Administrativo, que es el objeto de esta asignatura, y que completa el estudio del Derecho Administrativo material o sustantivo. Del mismo modo que el Derecho Constitucional no se entiende sin el estudio de la Jurisdicción Constitucional, el Derecho Civil o Mercantil sin el Derecho Procesal Civil, el Derecho Penal sin el Derecho Procesal Penal o el Derecho del Trabajo sin el Derecho Procesal laboral, el Derecho Administrativo tampoco se entiende sin el estudio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Su conocimiento resulta imprescindible para la formación cabal de un jurista en el Derecho Administrativo.
El plan de estudios del Grado prevé que la asignatura Jurisdicción Contencioso-Administrativa se curse en el segundo cuatrimestre del tercer curso. Si el alumno ha seguido la secuencia prevista en el plan de estudios, habrá cursado previamente dos asignaturas que le facilitarán el estudio de ésta, a saber: una introducción general al Derecho procesal (que imparte el Departamento de Derecho Procesal en el segundo curso) y Derecho Administrativo II (cuya materia incluye ya nociones básicas de Derecho procesal contencioso-administrativo). En todo caso, es preciso subrayar que el Derecho procesal contencioso-administrativo no se puede estudiar adecuadamente sin el previo conocimiento de al menos los fundamentos y contenidos dogmáticos más relevantes de la parte general del Derecho administrativo, tales como el sistema de fuentes, la organización administrativa, los actos y contratos administrativos, el procedimiento administrativo, la autotutela administrativa, la revisión de los actos administrativos, la responsabilidad patrimonial administrativa, etc. En puridad, esta asignatura presupone un conocimiento previo adecuado del Derecho Constitucional y del Derecho Administrativo material o sustantivo.
Validez de la inscripción: 30 días
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