art. 144 CC
La reclamación de alimentos cuando proceda y sean dos o más los obligados a prestarlos se hará por el orden siguiente: 1.° Al cónyuge. 2.°…
La reclamación de alimentos cuando proceda y sean dos o más los obligados a prestarlos se hará por el orden siguiente: 1.° Al cónyuge. 2.°…
Cuando recaiga sobre dos o más personas la obligación de dar alimentos, se repartirá entre ellas el pago de la pensión en cantidad proporcional a…
El daño o provecho de la cosa vendida, después de perfeccionado el contrato, se regulará por lo dispuesto en los artÃculos 1.096 y 1.182. Esta…
No podrán adquirir por compra, aunque sea en subasta pública o judicial, por sà ni por persona alguna intermedia: 1.º Los que desempeñen el cargo…
Los alimentos, en los casos a que se refiere el artÃculo anterior, se reducirán o aumentarán proporcionalmente según el aumento o disminución que sufran las…
Cuando se haya estipulado el saneamiento o cuando nada se haya pactado sobre este punto, si la evicción se ha realizado, tendrá el comprador derecho…
Si el comprador perdiere, por efecto de la evicción, una parte de la cosa vendida de tal importancia con relación al todo que sin dicha…
La obligación de dar alimentos será exigible desde que los necesitare, para subsistir, la persona que tenga derecho a percibirlos, pero no se abonarán sino…
Si el vendedor tuviere fundado motivo para temer la pérdida de la cosa inmueble vendida y el precio, podrá promover inmediatamente la resolución de la…
Si el vendedor no cumple lo prescrito en el artÃculo 1518, el comprador adquirirá irrevocablemente el dominio de la cosa vendida.
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