art. 11 LOGP

Los establecimientos especiales son aquellos en los que prevalece el carácter asistencial y serán de los siguientes tipos: a) Centros hospitalarios. b) Centros psiquiátricos. c)…

art. 15 bis LOGP

Artículo quince bis. Tratamientos de datos de carácter personal. 1. Admitido en el establecimiento un interno, se procederá a verificar su identidad personal, efectuando la…

art. 29 LOGP

Uno. Todos los penados tendrán obligación de trabajar conforme a sus aptitudes físicas y mentales. Quedarán exceptuados de esta obligación, sin perjuicio de poder disfrutar,…

art. 50 LOGP

Uno. Los internos tienen derecho a formular peticiones y quejas relativas a su tratamiento o al régimen del establecimiento ante el Director o persona que…

art. 62 LOGP

El tratamiento se inspirará en los siguientes principios: a) Estará basado en el estudio científico de la constitución, el temperamento, el carácter, las aptitudes y…

art. 66 bis LOGP

1. La Administración penitenciaria elaborará programas específicos para las personas internas que hayan sido condenadas por delitos relacionados con la violencia contra la infancia y…

art. 67 LOGP

Concluido el tratamiento o próxima la libertad del interno, se emitirá un informe pronóstico final, en el que se manifestarán los resultados conseguidos por el…

art. 76 LOGP

Uno. El Juez de Vigilancia tendrá atribuciones para hacer cumplir la pena impuesta, resolver los recursos referentes a las modificaciones que pueda experimentar con arreglo…